Wekiwi

Condiciones particulares de contratación (Gas) Tarifa Gustavo

1.            PRODUCTO A PRECIO FIJO SIN PERMANENCIA.

La contratación de este producto supone la firma durante 12 meses de un precio fijo para la energía consumida durante dicho periodo, no existiendo permanencia por parte del Cliente.

2.            PERIODO DE FACTURACIÓN.

Wekiwi facturará al Cliente en base a las lecturas de consumo recibidas por parte de la empresa distribuidora y la legislación sectorial vigente.

3.            ENTRADA EN VIGOR Y DURACIÓN DEL CONTRATO.

Duración de 1 año a contar desde la fecha indicada en las Condiciones Generales, siempre y cuando se produzca la activación efectiva por parte de la empresa distribuidora a la que se realiza la solicitud de cambio de comercializadora para dicha fecha.

El Contrato se prorrogará tácitamente por anualidades sucesivas salvo que alguna de las partes manifieste su voluntad de rescindir el Contrato con una antelación mínima de quince días.

En este contexto, sin perjuicio del derecho de desistimiento que asiste al Cliente en esta contratación en los catorce días siguientes a la celebración del Contrato, de acuerdo con la legislación vigente y a lo dispuesto en las Condiciones Generales del Contrato, el Cliente acepta y consiente expresamente que la prestación del suministro pueda eventualmente iniciarse antes de la finalización de dicho plazo, si bien en el caso de que el Cliente ejercite su derecho de desistimiento en el plazo establecido, el Cliente acepta y reconoce que tendrá la obligación de abonar los consumos que hubiese realizado desde la fecha de celebración del Contrato.

Las presentes Condiciones Particulares se regirán por lo recogido en las Condiciones General del Contrato, salvo en caso de discrepancia con las mismas, en cuyo caso prevalecerán las presentes Condiciones Particulares. Las presentes Condiciones Generales y las Condiciones Particulares serán conjuntamente referenciadas como el “Contrato”.

4.            RENUNCIA A LA BONO SOCIAL

El Bono Social térmico al que pueda ser susceptible de acogerse como consumidor de gas natural es independiente de la modalidad de contratación en mercado libre o regulado, a diferencia del Bono Social eléctrico. No obstante, para ser perceptor del Bono Social térmico es condición necesaria ser primeramente perceptor del Bono Social eléctrico, donde sí es requisito necesario la contratación del suministro a través del mercado regulado.

La contratación del suministro de energía con Wekiwi, S.L. como comercializador en el mercado libre, supone la renuncia a la aplicación del bono social eléctrico en los casos en los que lo estuviese disfrutando con anterioridad a la suscripción del presente Contrato, y por tanto tener como consecuencia la pérdida del Bono Social térmico.

A tales efectos, si el Cliente cumpliese los requisitos legales para percibir el Bono Social, deberá bien renunciar a la suscripción del presente Contrato, o si decide libre y conscientemente continuar con la contratación con Wekiwi, deberá renunciar expresamente a dicho Bono mediante el modelo de renuncia establecido en el Anexo VII del Real Decreto 897/2027, que también podrá encontrar en la página web de Wekiwi, www.wekiwi.es

5.            PRODUCTOS ADICIONALES

El Cliente podrá contratar libre y voluntariamente si así lo desea, distintos productos de valor añadido, que se añadirán en su caso a su factura, con un precio fijo por cada uno de ellos.

  • Adopta un árbol – el Cliente tiene la posibilidad de contribuir con el Planeta mediante la adopción de un árbol gracias a la colaboración entre Wekiwi y Treedom. Para más información puede consultar en la web www.wekiwi.es
  • Reducción de plásticos – El Cliente tiene la posibilidad de contribuir con el Planeta mediante la reducción de plásticos gracias a la colaboración de Wekiwi con PlasicBank. Para más información puede consultar en la web www.wekiwi.es
  • Otros productos – El Cliente podrá contratar durante la vida del Contrato de suministro cualquier otro producto que se encuentre en cada momento disponible en la cartera de productos y servicios de Wekiwi.

6.            DESCUENTOS

El Cliente obtendrá un precio más beneficioso, (que es el que figura en el contrato) con el cumplimiento de las siguientes condiciones. De no cumplirse, no se aplicaría el porcentaje correspondiente en el término de energía antes de impuestos:

  • Descuento Ser digital – Descuento obtenido por todos aquellos clientes con tarifa RL.1, RL.2 y RL.3 que realicen sus consultas de forma virtual, ya sea desde el área privada del cliente o bien, vía email a clientes@wekiwi.es

En el caso de hacer uso del call center, el descuento no se reflejará en la factura que contenga el día que se ha hecho la llamada.

En el caso de nuevas contrataciones, los dos (2) primeros meses de vida del contrato se aplicará automáticamente pudiendo hacer uso del call center en cuatro (4) ocasiones.

Se aplica un descuento del 10% sobre el precio del €/kWh de consumo. En caso de hacer uso del call center por causas de fuerza mayor, el descuento se mantendrá.